Según establece el artículo 96 del Real Decreto 1720/2007, Reglamento de desarrollo de la LOPD, a partir del nivel medio los sistemas de información e instalaciones de tratamiento y almacenamiento de datos se tienen que someter, por lo menos cada dos años, a una auditoría interna o externa con la finalidad de comprobar si se está cumpliendo con lo dispuesto en el Reglamento.
El informe de esta auditoría debe dictaminar sobre la adecuación de las medidas y controles actualmente implantados en la empresa, a la vez que identificará las deficiencias y propondrá las medidas correctoras o complementarias que sean necesarias. Asimismo, el informe debe recoger todos los hechos, datos y observaciones en las que se basa para emitir sus conclusiones y recomendaciones.
Siguiendo los cauces oficiales estos informes
Para cumplir con este procedimiento nuestra empresa le ofrece un servicio que comprende:
- Realización de la auditoría bianual obligatoria.
- Resolución de las deficiencias.
- Gestión de los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.